Resolución DGA 2170/2025 — Manual Técnico N° 1
Aprueba el Manual Técnico denominado "Manual Técnico N° 1/2025" que establece el formato para envío de datos y consumo de servicio web para transmisión online al Software de Monitoreo de Extracciones Efectivas (aguas superficiales, superficiales con flujómetro y subterráneas).
Resumen ejecutivo
La Resolución DGA Exenta N° 2170 de 2025 aprueba el Manual Técnico N° 1/2025, que es la pieza vigente y obligatoria para todo Centro de Control que transmita mediciones MEE en línea al Software de la DGA. Reemplaza los tres formatos de transmisión 2021 que estaban vigentes hasta entonces (subterráneas, superficiales y superficiales con flujómetro) y define una arquitectura única basada en una API REST con autenticación por RUT, payload JSON y comprobantes consultables.
Tres novedades importantes respecto al formato 2021: (a) la transmisión online debe ocurrir dentro de la hora siguiente a haberse realizado la medición; (b) los usuarios de aguas solo pueden emplear Centros de Control registrados en la DGA; (c) las transmisiones deben incluir el RUT del Centro de Control en el campo rutEmpresa del payload de autenticación.
Arquitectura de la solución
Cada Centro de Control se comunica con un servidor HTTPS expuesto por la DGA. El servidor valida la completitud del payload, autentica al CC mediante el par (rutEmpresa, rutUsuario, password) y almacena la medición en la base de datos del Software MEE. Cada transmisión exitosa devuelve un comprobante alfanumérico (campo numeroComprobante) que el CC puede usar para corroborar después el estado del envío mediante un GET.
La hora de medición informada debe estar en UTC-4 (consistente con la Resolución 1238/2019 y el Decreto Supremo MOP N° 53/2020).
Endpoints
Base URL: https://apimee.mop.gob.cl/api/v1/
| Recurso | POST (enviar medición) | GET (consultar comprobante) |
|---|---|---|
| Aguas subterráneas | /mediciones/subterraneas | /mediciones/subterraneas?codigoObra=X&numeroComprobante=Y |
| Aguas superficiales (canal) | /mediciones/superficiales | /mediciones/superficiales?codigoObra=X&numeroComprobante=Y |
| Aguas superficiales (flujómetro) | /mediciones/superficiales/flujometro | /mediciones/superficiales/flujometro?codigoObra=X&numeroComprobante=Y |
Headers obligatorios
codigoObra: código identificador de la obra (formatoOB-RRPP-NNNuOR-RRPP-NNN).timeStampOrigen: fecha y hora del envío en formatoyyyy-MM-ddTHH:mm:ss-0000.
Payload — Aguas Subterráneas
POST a /mediciones/subterraneas con body application/json:
Reglas de formato:
rutEmpresa: RUT del Centro de Control (formatoXXXXXXXX-X).rutUsuario: RUT del titular informante.caudal: numérico con 2 decimales, unidad l/s.fechaMedicion: formatoYYYY-MM-DD.horaMedicion: formatoHH24:MI:SSen UTC-4, hora entera (sin fracción de minutos ni segundos).nivelFreaticoDelPozo: numérico con 2 decimales, unidad m. Puede ser string vacío para Caudales Muy Pequeños y aguas halladas en minería.totalizador: numérico sin decimales y sin separador de miles, unidad m³, máximo 15 caracteres.
Respuesta exitosa
El único código de éxito es status: "00". Cualquier otro valor o ausencia de respuesta se considera error. El numeroComprobante devuelto se usa después para consultar el estado vía GET.
Código de Obra (sección 5.2)
Formato:
Ejemplo: OB-0602-7= séptima obra de captación registrada en la Región de O'Higgins (06), provincia de Colchagua (02).
Retransmisiones (sección 6)
6.1 Problemas de transmisión de origen
Si por razones atribuibles al sistema de transmisión del CC se acumulan 2 o más mediciones pendientes, éstas deben enviarse individualmente con al menos 5 minutos de separación entre cada una. Nunca en ráfaga. Esta regla aplica per-obra: para distintas obras del mismo CC puede haber concurrencia, pero los envíos dentro de una misma obra deben respetar la separación temporal.
6.2 Problemas de formato y comunicación API
Si la API responde con código distinto de 00 o no responde, el CC debe reenviar la medición una vez al día siguiente, y continuar reenviando una vez por día hasta recibir 00. No se permite reintentar agresivamente (varios envíos por hora) — eso puede activar las defensas de ciberseguridad.
6.3 Desfase permitido y prohibición de retransmisión
Si una medición no se logra transmitir dentro del desfase máximo del estándar (7 días Mayor, 15 días Medio, 1 mes Menor y Caudales Muy Pequeños), se considera falla de transmisión y debe informarse formalmente a la DGA Regional. No se permite retransmitir mediciones ya recibidas — la detección de ese patrón puede bloquear al Centro de Control por un periodo.
Bloqueos por ciberseguridad (sección 7)
Los Centros de Control están sujetos a los controles de seguridad y ciberseguridad establecidos por el Ministerio de Obras Públicas. El sistema perimetral puede bloquear automáticamente a un CC si su tráfico se considera anómalo o sospechoso. Triggers conocidos:
- Autenticación con RUT no autorizado.
- Retransmisión de mediciones ya recibidas en el sistema.
- Ráfagas sin separación mínima de 5 minutos entre envíos de la misma obra.
- Tasa de error muy elevada sostenida.
- Volumen de requests muy superior a lo esperable para la flota del CC.
Cuando un CC es bloqueado debe ingresar un ticket de soporte a la DGA. El desbloqueo se hace solo si las condiciones de seguridad lo permiten — no es automático ni inmediato. Mientras dura el bloqueo, todas las obras conectadas a ese CC dejan de poder transmitir.
Registro de Centro de Control
La 2170/2025 introduce el registro obligatorio de los Centros de Control en la DGA. Procedimiento:
- Descargar el formulario "Solicitud de Registro de Centro de Control" del sitio DGA.
- Acompañar carta conductora firmada por la persona natural o representante legal.
- Dirigir la solicitud a la División de Hidrología de Nivel Central de la DGA.
- Presentar la solicitud en una Oficina de Partes DGA (presencial) o a través de la Oficina de Partes Virtual (https://recepciondocumental.mop.gob.cl/) con firma electrónica avanzada (Ley 19.799).
La DGA publica un listado actualizado mensualmente con todos los Centros de Control registrados. MiPozo (Cruzat Ingeniería SpA) aparece en el listado oficial.
¿Necesitás un Centro de Control registrado?
MiPozo opera como Centro de Control MEE registrado en la DGA. Implementamos la transmisión a la API del Software MEE conforme a la Resolución 2170/2025: payload, headers, separación 5 min, retransmisión §6, y respaldo 3 años. Hablemos.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Resolución DGA 2170 de 2025?
Es la resolución que aprueba el Manual Técnico N° 1/2025, el cual establece el formato oficial para envío de datos y consumo del servicio web para transmisión online al Software de Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE). Aplica a mediciones de aguas superficiales (con y sin flujómetro) y aguas subterráneas. Fue dictada el 25 de junio de 2025 y publicada en el Diario Oficial el 4 de julio de 2025.
¿Desde cuándo es obligatoria la nueva API MEE?
La nueva API REST y los formatos JSON son obligatorios desde el 1 de agosto de 2025. Entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2025 se permitió usar tanto el formato antiguo (2021) como el nuevo, en transición. Desde agosto 2025 el formato antiguo dejó de aceptarse: cualquier transmisión que llegue al Software MEE con el formato 2021 es rechazada.
¿Cuáles son los endpoints de la API MEE?
La base URL es https://apimee.mop.gob.cl/api/v1/. Hay tres recursos: /mediciones/subterraneas (POST para enviar y GET para consultar comprobante de aguas subterráneas), /mediciones/superficiales (mismo patrón para aguas superficiales con canal), y /mediciones/superficiales/flujometro (para superficiales con flujómetro). Todas las llamadas usan HTTPS con certificado y JSON como formato de payload.
¿Qué es el RUT del Centro de Control y por qué se exige?
Es el RUT de la empresa o persona registrada como Centro de Control ante la DGA. Desde la Resolución 2170/2025 toda transmisión online debe identificar quién está enviando los datos: el RUT de la empresa (campo rutEmpresa, que es el Centro de Control) y el RUT del titular informante (campo rutUsuario). Esto cierra una brecha del formato 2021 que no exigía identificar al CC y permite a la DGA fiscalizar quién transmite por cuenta de quién.
¿Qué pasa si un Centro de Control se bloquea?
Los Centros de Control están sujetos al sistema de ciberseguridad perimetral del Ministerio de Obras Públicas. Pueden ser bloqueados automáticamente si el tráfico se considera anómalo: retransmisión de mediciones ya recibidas, ráfagas sin separación temporal, RUTs no autorizados, volumen muy superior al esperado. Cuando un CC queda bloqueado, debe ingresar un ticket de soporte a la DGA y solo se desbloquea si las condiciones de seguridad lo permiten — no es automático ni inmediato.
¿Cuál es la separación mínima entre transmisiones?
La Resolución 2170/2025, sección 6.1, establece que si por razones del sistema de transmisión del Centro de Control se acumulan 2 o más mediciones pendientes, éstas deben enviarse individualmente con al menos 5 minutos de separación entre cada una. No se permite enviar mediciones en ráfaga (varias en pocos segundos), incluso si están todas pendientes desde antes.
¿Cómo registro mi empresa como Centro de Control en la DGA?
Hay que presentar una Solicitud de Registro de Centro de Control en la Oficina de Partes de la DGA (presencial o virtual). El formulario está disponible en el sitio oficial DGA. La solicitud debe ir acompañada de carta conductora firmada por persona natural o representante legal y, si se hace virtualmente, requiere firma electrónica avanzada (Ley 19.799). La DGA publica un listado actualizado mensualmente con todos los Centros de Control registrados.
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- ¿Qué es el Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE)?
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Última actualización: 18 de mayo de 2026.
