SHAC Llanos Chacritas y Las Campanas

Zona de Prohibición

Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común SHAC-03-34-68 en la región de Atacama, cuenca Quebrada Carrizal y Costeras hasta Río Huasco. Aquí encontrás las resoluciones DGA aplicables, los estándares MEE por comuna y los plazos vigentes.

Resumen ejecutivo

El SHAC Llanos Chacritas y Las Campanas es un Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común definido por la DGA en la cuenca Quebrada Carrizal y Costeras hasta Río Huasco, región de Atacama. Cubre 3 comunas de Freirina, Huasco, Vallenar. Su clasificación actual es Zona de Prohibición, lo que determina el régimen de aprovechamiento aplicable y las obligaciones de monitoreo para los titulares de derechos vigentes.

Las obligaciones de Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE) dependen de la resolución regional aplicable a la comuna donde se ubica la obra de captación, combinada con las resoluciones nacionales (Res 1238/2019, Res 2170/2025 y sus modificaciones) que aplican a todas las captaciones subterráneas del país. Las resoluciones específicas para este SHAC se listan más abajo.


Derechos de agua subterránea registrados

El catastro público de la DGA registra 10 derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas con punto de captación en el SHAC Llanos Chacritas y Las Campanas. El caudal autorizado mediano es de 2,4 L/s: el 50% central de los derechos se ubica entre 0,65 L/s y 3,72 L/s, y el 10% de mayor caudal supera los 4,49 L/s. La propiedad está atomizada entre muchos titulares (8 titulares distintos; el mayor concentra 20% de los derechos).

De los derechos que declaran uso (30% del total), las captaciones se destinan principalmente a riego (67%) y bebida y uso doméstico (33%).

Clasificando los 10 derechos con caudal informado según los rangos l/s de la resolución regional aplicable, la distribución por estándar MEE es la siguiente. Los derechos de estándar Mayor están obligados a transmisión online al Software DGA; los de estándar Medio, Menor y Muy Pequeños transmiten con menor frecuencia según el desfase regulatorio.

Estándar MEEDerechos% del SHAC
Mayor00%
Medio110%
Menor440%
Caudales Muy Pequeños550%

Cifras referenciales derivadas del Catastro Público de Aguas (CPA) de la DGA. El caudal se normaliza a L/s a partir de la unidad original de cada derecho. La fuente oficial de cada derecho es el registro de la DGA.


¿Qué es un SHAC y qué implica el estado "Zona de Prohibición"?

Un SHAC (Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común) es la unidad mínima con la que la DGA administra los acuíferos. El estado Zona de Prohibición implica que no se otorgan nuevos derechos consuntivos y las captaciones existentes deben cumplir MEE según la resolución regional aplicable. Más detalle en la guía completa del Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE) y en el hub de Normativa DGA.


Resoluciones DGA aplicables

Las siguientes resoluciones aplican específicamente al SHAC Llanos Chacritas y Las Campanas por enumeración directa, por cuenca, por provincia o por cobertura regional. La confianza de la asignación se indica para que el titular sepa cuándo la atribución es directa (el sector aparece en el texto) y cuándo es por herencia regional.

ResoluciónAñoCómo aplicaConfianzaPDF
Res 133/2021 — atacama2021Aplica por cuenca (texto del territorio)
Media
PDF DGA ↗
Res 320/2021 — atacama2021Aplica por cuenca (texto del territorio)
Media
PDF DGA ↗

Adicionalmente, al SHAC Llanos Chacritas y Las Campanas también le aplican 7 resoluciones nacionales que rigen todas las captaciones de aguas subterráneas del país: principalmente la Resolución 1238/2019 (matriz técnica del MEE) y la Resolución 2170/2025 (Manual Técnico vigente para transmisión online). Ver el listado completo en el hub de Normativa DGA.


Estándar MEE por comuna

El estándar (Mayor / Medio / Menor / Caudales Muy Pequeños) que aplica a una obra de captación lo determina el caudal autorizado del derecho de aprovechamiento y el rango l/s que define la resolución regional vigente para la comuna donde se ubica la obra. Cuando el SHAC toca varias comunas, los rangos pueden variar (por eso es clave identificar la ubicación exacta de la captación).

Comuna de Freirina

Según Resolución 133 (01/03/2021)

EstándarRango caudal (l/s)Plazo registro obraPlazo iniciar transmisiones
Mayor>=1001/07/202101/08/2021
Medio5<x<1001/01/202201/03/2022
Menor3<x<=501/03/202601/03/2027
Caudales Muy Pequeños<=301/03/202601/03/2027

Según Resolución 320 (17/05/2021)

EstándarRango caudal (l/s)Plazo registro obraPlazo iniciar transmisiones
Mayor>=2017/09/202117/10/2021
Medio10<=x<2017/03/202217/05/2022
Menor2<=x<1017/05/202617/05/2027
Caudales Muy Pequeños<217/05/202617/05/2027

Según Resolución 549 (01/09/2022)

EstándarRango caudal (l/s)Plazo registro obraPlazo iniciar transmisiones
Mayor>=1001/01/202301/02/2023
Medio5<x<1001/07/202301/09/2023
Menor3<x<=501/09/202701/09/2028
Caudales Muy Pequeños<=301/09/202701/09/2028

Comuna de Huasco

Según Resolución 898 (15/01/2021)

EstándarRango caudal (l/s)Plazo registro obraPlazo iniciar transmisiones
Mayor>=5015/05/202115/06/2021
Medio30<x<5015/11/202115/01/2022
Menor4<x<=3015/01/202615/01/2027
Caudales Muy Pequeños<=415/01/202615/01/2027

Según Resolución 133 (01/03/2021)

EstándarRango caudal (l/s)Plazo registro obraPlazo iniciar transmisiones
Mayor>=1001/07/202101/08/2021
Medio5<x<1001/01/202201/03/2022
Menor3<x<=501/03/202601/03/2027
Caudales Muy Pequeños<=301/03/202601/03/2027

Según Resolución 320 (17/05/2021)

EstándarRango caudal (l/s)Plazo registro obraPlazo iniciar transmisiones
Mayor>=2017/09/202117/10/2021
Medio10<=x<2017/03/202217/05/2022
Menor2<=x<1017/05/202617/05/2027
Caudales Muy Pequeños<217/05/202617/05/2027

Según Resolución 549 (01/09/2022)

EstándarRango caudal (l/s)Plazo registro obraPlazo iniciar transmisiones
Mayor>=1001/01/202301/02/2023
Medio5<x<1001/07/202301/09/2023
Menor3<x<=501/09/202701/09/2028
Caudales Muy Pequeños<=301/09/202701/09/2028

Comuna de Vallenar

Según Resolución 898 (15/01/2021)

EstándarRango caudal (l/s)Plazo registro obraPlazo iniciar transmisiones
Mayor>=5015/05/202115/06/2021
Medio30<x<5015/11/202115/01/2022
Menor4<x<=3015/01/202615/01/2027
Caudales Muy Pequeños<=415/01/202615/01/2027

Según Resolución 133 (01/03/2021)

EstándarRango caudal (l/s)Plazo registro obraPlazo iniciar transmisiones
Mayor>=1001/07/202101/08/2021
Medio5<x<1001/01/202201/03/2022
Menor3<x<=501/03/202601/03/2027
Caudales Muy Pequeños<=301/03/202601/03/2027

Según Resolución 320 (17/05/2021)

EstándarRango caudal (l/s)Plazo registro obraPlazo iniciar transmisiones
Mayor>=2017/09/202117/10/2021
Medio10<=x<2017/03/202217/05/2022
Menor2<=x<1017/05/202617/05/2027
Caudales Muy Pequeños<217/05/202617/05/2027

Según Resolución 321 (17/05/2021)

EstándarRango caudal (l/s)Plazo registro obraPlazo iniciar transmisiones
Mayor>=3017/09/202117/10/2021
Medio10<=x<3017/03/202217/05/2022
Menor2<x<1017/05/202617/05/2027
Caudales Muy Pequeños<=217/05/202617/05/2027

Según Resolución 549 (01/09/2022)

EstándarRango caudal (l/s)Plazo registro obraPlazo iniciar transmisiones
Mayor>=1001/01/202301/02/2023
Medio5<x<1001/07/202301/09/2023
Menor3<x<=501/09/202701/09/2028
Caudales Muy Pequeños<=301/09/202701/09/2028

Comunas que toca este SHAC

El SHAC Llanos Chacritas y Las Campanas se extiende por las siguientes 3 comunas:

  • Freirina
  • Huasco
  • Vallenar

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Preguntas frecuentes

¿Qué es el SHAC Llanos Chacritas y Las Campanas?

El SHAC Llanos Chacritas y Las Campanas (código SHAC-03-34-68) es un Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común definido por la DGA en la cuenca Quebrada Carrizal y Costeras hasta Río Huasco, región de Atacama. Cubre aproximadamente 342,7 km² y toca 3 comunas. Su estado actual es "Zona de Prohibición".

¿Qué significa que el SHAC Llanos Chacritas y Las Campanas esté en "Zona de Prohibición"?

El estado "Zona de Prohibición" significa que la DGA ha constatado riesgo sobre el acuífero (descenso sostenido de niveles, conflictos de uso o cobertura de derechos cercana al recurso disponible). En Zona de Prohibición no se otorgan nuevos derechos consuntivos y existen restricciones a la profundización. Todos los titulares con derechos vigentes están obligados a cumplir el Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE) según la resolución regional aplicable.

¿Cuántas resoluciones DGA aplican a este SHAC?

Al SHAC Llanos Chacritas y Las Campanas le aplican 9 resoluciones DGA: 2 resoluciónes específicas del sector (Res 133/2021, Res 320/2021) más 7 resoluciones nacionales que aplican a todas las captaciones de aguas subterráneas del país (Res 1238/2019 y sus modificaciones, Res 2170/2025, Decreto Supremo 53/2020, entre otras). Los titulares deben cumplir el conjunto en lo que les sea aplicable.

¿Cuántos derechos de agua hay registrados en el SHAC Llanos Chacritas y Las Campanas?

El catastro público de la DGA registra 10 derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas con punto de captación en el SHAC Llanos Chacritas y Las Campanas. El caudal autorizado mediano es 2,4 L/s, y al clasificarlos por caudal según la resolución regional la distribución por estándar MEE es: 1 Medio, 4 Menor, 5 de Caudales Muy Pequeños. Los derechos de estándar Mayor están obligados a transmisión online al Software DGA.

¿Qué tipo de captaciones predominan en el SHAC Llanos Chacritas y Las Campanas?

Según los usos declarados en el catastro DGA (30% de los derechos los declara), las captaciones del SHAC Llanos Chacritas y Las Campanas se destinan principalmente a riego (67%) y bebida y uso doméstico (33%). Para cada captación, el estándar MEE aplicable (Mayor, Medio, Menor o Caudales Muy Pequeños) lo determina el caudal autorizado en el derecho y el rango l/s que define la resolución regional vigente para la comuna donde se ubica la obra.

¿Quién opera el Centro de Control MEE para captaciones en Llanos Chacritas y Las Campanas?

El titular del derecho debe contratar un Centro de Control MEE certificado por la DGA. MiPozo es un Centro de Control vigente y opera captaciones en la región de Atacama y en todo Chile. Implementamos los sistemas de medición (caudalímetros, niveles freáticos, almacenamiento de datos), la transmisión al Software DGA según el desfase regulatorio (7 días Mayor, 15 días Medio, 1 mes Menor / Muy Pequeños) y el respaldo de mediciones requerido por la Resolución 2170/2025.

¿Tenés una captación en el SHAC Llanos Chacritas y Las Campanas?

MiPozo es Centro de Control MEE certificado por la DGA. Implementamos el monitoreo, la transmisión a la DGA y el respaldo de mediciones de tus obras de captación en cualquier región de Chile. Conversemos sobre tu caso.

Última actualización: 2026-06-01. Fuente: catálogos DGA (Buscador de Estándar por Comuna, territorios subterráneos publicados, resoluciones regionales).