SHAC — Sectores Hidrogeológicos de Aprovechamiento Común

SHACSector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común

Un SHAC (Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común) es la unidad territorial mínima con la que la Dirección General de Aguas (DGA) administra los acuíferos de Chile: delimita la porción de acuífero cuyos usuarios comparten la misma fuente subterránea. Cada SHAC tiene un estado regulatorio —Abierto, Área de Restricción o Zona de Prohibición— que determina si pueden constituirse nuevos derechos de aprovechamiento sobre él. Ese sector, junto con la resolución DGA que lo cubre, es lo que define qué obligaciones de Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE) tiene cada titular que capta agua subterránea ahí.

Esta página explica qué es un SHAC, qué implica cada estado regulatorio y cómo el sector donde está tu captación determina tus obligaciones ante la DGA. Al final encontrás el índice de los 185 sectores con ficha propia, con sus resoluciones aplicables y los derechos de agua registrados en cada uno.

¿Qué es un SHAC?

El agua subterránea no reconoce límites prediales: varios pozos que perforan la misma formación geológica compiten por un mismo volumen almacenado. Si la DGA autorizara extracciones evaluando cada solicitud de forma aislada, terminaría comprometiendo más caudal del que el acuífero puede sostener. El SHAC resuelve ese problema agrupando administrativamente a quienes comparten la fuente.

Formalmente, un Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común es la porción de un acuífero cuyos usuarios se consideran, para efectos de administración, un conjunto único. La DGA delimita estos sectores según el comportamiento hidrogeológico del acuífero y la interferencia esperable entre captaciones, y sobre esa unidad toma las tres decisiones que afectan directamente a un titular: si se pueden constituir nuevos derechos, qué restricciones aplican a los existentes, y desde cuándo y con qué exigencia hay que reportar las extracciones.

Hoy el catastro DGA contiene 715 SHAC que cubren cerca de 501.193 km² del territorio nacional. Su número no es fijo: la DGA puede subdividir un sector cuando mejora el conocimiento hidrogeológico, o redefinir sus límites mediante resolución.


Los tres estados regulatorios

Cada SHAC tiene un estado que refleja cuánta agua ya está comprometida frente a la disponibilidad del acuífero. Es la primera pregunta que debería hacerse quien evalúa perforar, comprar un derecho o proyectar un aumento de extracción:

EstadoQué implicaNuevos derechosSectores en Chile
Zona de ProhibiciónLa demanda comprometida supera la recarga sostenible. Es el estado más restrictivo.No se otorgan nuevos derechos consuntivos102
Área de RestricciónHay riesgo de descenso sostenido de niveles o conflictos entre usuarios.Solo provisionales y con limitaciones98
AbiertoLa DGA no ha declarado restricciones específicas sobre el sector.Sin restricción específica declarada515

Una aclaración que suele generar confusión: que un sector esté "Abierto" no significa que sus titulares queden liberados del MEE. El estado del sector regula la constitución de nuevos derechos; la obligación de medir y transmitir extracciones depende de la resolución regional vigente y del caudal autorizado de cada obra. Son dos decisiones distintas de la DGA.


Por qué el SHAC define tu obligación MEE

La DGA no impone el Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE) captación por captación. Lo hace mediante resoluciones regionales que enumeran los sectores hidrogeológicos afectados. La cadena es directa:

  1. La ubicación de tu obra de captación determina en qué SHAC estás.
  2. El SHAC determina qué resolución regional te aplica (además de las nacionales, que rigen para todo el país).
  3. Esa resolución fija los rangos de caudal en l/s que asignan tu obra a un estándar: Mayor, Medio, Menor o Caudales Muy Pequeños.
  4. El estándar define la frecuencia de medición, el medio de transmisión y el desfase máximo para reportar a la DGA.

La consecuencia práctica es que dos pozos con el mismo caudal autorizado pueden quedar bajo estándares y plazos distintos si están en sectores cubiertos por resoluciones diferentes. Por eso identificar el SHAC es el primer paso de cualquier diagnóstico de cumplimiento. El detalle técnico de cada estándar está en la Resolución DGA 1238/2019 y el protocolo de transmisión online en la Resolución DGA 2170/2025.


Cuántos SHAC hay en Chile

El catastro DGA registra 715 sectores hidrogeológicos. Contra la intuición de que la escasez es un fenómeno acotado, 200 de ellos —cerca de 28% del total— ya tienen alguna limitación vigente para constituir nuevos derechos de aprovechamiento.

La distribución territorial no es homogénea: los sectores restrictivos se concentran en las zonas norte y centro, donde la presión agrícola y minera sobre el agua subterránea es mayor. La tabla siguiente muestra, por región, cuántos sectores hay en el catastro y cuántos tienen ficha publicada con su normativa aplicable.

RegiónSHAC en el catastroCon ficha publicada
Tarapacá74
Antofagasta245
Atacama5714
Coquimbo9345
Valparaíso6932
O'Higgins6436
Maule169
Biobío172
Metropolitana4635
Ñuble73

Solo se listan las regiones con al menos un sector publicado. La cobertura de fichas prioriza los sectores con restricciones vigentes y con derechos registrados en el catastro — que son donde existe obligación MEE efectiva. Fuente: catastro DGA de sectores hidrogeológicos (actualización 2026-04-27) y Catastro Público de Aguas.


Cómo saber en qué SHAC está tu pozo

El sector se determina por la ubicación geográfica del punto de captación, no por el domicilio del titular ni por el predio. Para identificarlo:

  1. Revisá tu derecho de aprovechamiento: el registro de la DGA indica la comuna y las coordenadas de la obra.
  2. Con la comuna acotás los sectores posibles. Cada ficha de este índice lista las comunas que toca el SHAC, y las páginas por región agrupan los sectores de cada territorio.
  3. Si la captación queda cerca del límite entre dos sectores, confirmá con la DGA Regional antes de definir el estándar: de eso dependen el plazo y el medio de transmisión que te corresponden.

Índice de sectores por región

Estos son los 185 sectores con ficha propia. Cada una reúne las resoluciones DGA aplicables, los rangos de caudal y plazos por comuna, y las estadísticas de derechos de agua registrados en el sector (cantidad, caudal mediano, usos declarados y distribución por estándar MEE).

Zona de Prohibición
Área de Restricción
Abierto

Preguntas frecuentes

¿Qué significa SHAC?

SHAC es la sigla de Sector Hidrogeológico de Aprovechamiento Común. Es la unidad con que la Dirección General de Aguas (DGA) divide y administra los acuíferos del país: agrupa a los usuarios que captan agua de una misma fuente subterránea, de modo que las decisiones sobre disponibilidad del recurso —otorgar nuevos derechos, declarar restricciones, exigir monitoreo— se toman sobre ese sector y no sobre pozos aislados.

¿Cuántos SHAC hay en Chile?

El catastro de la DGA registra 715 sectores hidrogeológicos de aprovechamiento común en Chile, que cubren en conjunto unos 501.193 km². De ellos, 102 están declarados Zona de Prohibición, 98 son Área de Restricción y 515 permanecen Abiertos. Es decir, cerca de 28% del total (200 sectores) tiene alguna limitación vigente para constituir nuevos derechos de aprovechamiento.

¿Un SHAC es lo mismo que un acuífero o que una cuenca?

No. Una cuenca es una unidad hidrográfica superficial (el territorio que drena hacia un mismo río). Un acuífero es la formación geológica que almacena agua subterránea. El SHAC es una unidad administrativa: la DGA subdivide un acuífero en uno o más sectores de aprovechamiento común según el comportamiento hidrogeológico y la interferencia entre captaciones. Por eso un mismo acuífero puede contener varios SHAC, y un SHAC puede abarcar varias comunas dentro de una misma cuenca.

¿Qué diferencia hay entre Zona de Prohibición, Área de Restricción y sector Abierto?

Son los tres estados regulatorios que la DGA puede asignar a un SHAC. En Zona de Prohibición no se otorgan nuevos derechos consuntivos porque la demanda comprometida supera la recarga sostenible del acuífero. En Área de Restricción sí pueden otorgarse derechos, pero solo de manera provisional y sujetos a limitaciones. Abierto significa que no hay restricción específica declarada. En los tres casos, los titulares con derechos vigentes deben cumplir el Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE) cuando la resolución regional aplicable así lo disponga: el estado del sector no exime de la obligación de reportar.

¿Cómo sé en qué SHAC está mi pozo?

El SHAC se determina por la ubicación geográfica del punto de captación. La forma más directa es revisar el derecho de aprovechamiento: el registro de la DGA indica la comuna y las coordenadas de la obra. Con la comuna se acota el conjunto de sectores posibles, y con las coordenadas se identifica el sector exacto. En este hub podés navegar los sectores por región, y cada ficha lista las comunas que toca el SHAC. Si la obra queda en el límite entre dos sectores, conviene confirmarlo con la DGA Regional antes de definir el estándar MEE aplicable.

¿Qué relación tiene el SHAC con mi obligación de reportar a la DGA?

Es determinante. La DGA no impone el Monitoreo de Extracciones Efectivas pozo por pozo, sino mediante resoluciones que enumeran los sectores hidrogeológicos afectados. El SHAC donde está tu captación define qué resolución regional te aplica, y esa resolución fija los rangos de caudal (l/s) que asignan cada obra a un estándar —Mayor, Medio, Menor o Caudales Muy Pequeños— junto con los plazos para registrar la obra y comenzar a transmitir. Dos pozos con el mismo caudal en sectores distintos pueden quedar bajo estándares y plazos diferentes.

¿Cuántos derechos de agua hay registrados en estos sectores?

Los 185 sectores con ficha publicada en MiPozo concentran 31.101 derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas según el catastro público de la DGA. Cada ficha detalla, para su sector, cuántos derechos hay registrados, el caudal autorizado mediano y sus percentiles, los usos declarados (agrícola, minero, sanitario, agua potable rural, industrial) y cómo se distribuyen esos derechos entre los cuatro estándares MEE.

¿Sabés qué estándar MEE le corresponde a tu captación?

MiPozo es Centro de Control MEE certificado por la DGA. Identificamos el sector hidrogeológico y la resolución que aplica a tu obra, implementamos la medición y gestionamos la transmisión al Software DGA dentro de los plazos vigentes. Conversemos sobre tu caso.

Última actualización: 17 de agosto de 2026. Fuentes: catastro DGA de sectores hidrogeológicos de aprovechamiento común y Catastro Público de Aguas (derechos de aprovechamiento subterráneos). Las cifras son referenciales; la fuente oficial de cada sector y de cada derecho es el registro de la DGA.